Sustentabilidad

¿Se puede anular la compra de un inmueble?

Es normal que se piense que una vez habiendo firmado un contrato ya no hay marcha atrás, sin embargo, los contratos deben contener cláusulas y lineamientos donde se establezcan las obligaciones de cada persona involucrada y especificar lo que pasaría en el caso del incumplimiento de éstas.

La compraventa de una casa consiste en la entrega de la vivienda y el pago del precio por ésta. Estos son actos que se rigen por la Ley Federal de Protección al Consumidor y por las condiciones establecidas en el contrato de compraventa de inmueble, por lo que cualquier falta que afecte el cumplimiento de las obligaciones contraídas al momento de firmar el contrato, puede ser una causa para rescindirlo.

Aquí te explicamos en qué casos se puede invalidar el contrato de acuerdo a la Ley Federal de Protección al Consumidor, sin embargo, esto puede variar dependiendo de las cláusulas y lineamientos establecidos en tu contrato.

¿En qué casos se puede anular el contrato de compraventa de inmueble?

  • Si decides cancelarlo antes de la firma de las escrituras
  • Si la vivienda presenta vicios ocultos
  • Si el vendedor no entrega el inmueble en tiempo y forma
  • Si la vivienda presenta características distintas a las señaladas

Si decides cancelarlo antes de la firma de las escrituras

Si ya se llevó a cabo la celebración del contrato de compraventa, pero aún no se firman las escrituras o se realiza la inscripción en el registro público, tanto tú como el vendedor se encuentran en su derecho de cancelar este contrato. Sin embargo, debes tomar en cuenta que la cancelación del contrato de compraventa genera una pena convencional que deberá cubrir la persona que solicite cancelarlo, por lo que dicha persona deberá pagar el porcentaje que se defina en el contrato sobre el valor total de la operación.

Si la vivienda presenta vicios ocultos

Uno de los puntos más importantes en la compraventa de un inmueble, dentro de la Ley Federal de Protección al Consumidor, es el de los vicios ocultos. Esto es, que la vivienda presente fallas graves que afectan a la estructura o instalaciones del inmueble y que por lo mismo lo vuelve inhabitable, inseguro o que evite que hagas uso de éste plenamente. Entre las obligaciones del vendedor se encuentra informar sobre la existencia de daños que afecten a la propiedad. Por lo tanto, si tu vivienda contaba con vicios ocultos desde antes de adquirir el inmueble y no se te había informado sobre estos, también puedes solicitar anular el contrato y el vendedor deberá cumplir con las responsabilidades correspondientes.

 

Si el vendedor no entrega el inmueble en tiempo y forma

Debes saber que una de las obligaciones del vendedor es hacer entrega del inmueble dentro del plazo establecido en el contrato, el cual no podrá ser mayor a 30 días hábiles contando a partir de la firma de las escrituras. El vendedor únicamente podrá faltar a esta cláusula si existiera alguna razón de fuerza mayor por la que se tuviera que pactar una nueva fecha de entrega. Si este no fuera el caso y el vendedor no presenta ninguna razón válida, podrás solicitar la rescisión del contrato y el vendedor tendrá que cubrir una pena convencional.

Si la vivienda presenta características distintas a las señaladas

Si la vivienda que se te entrega no corresponde a las características que se describen en el contrato, por ejemplo; el estado en el que se encuentra, servicios, la extensión del terreno, instalaciones, acabados, entre otros, también contarás con el derecho de solicitar la anulación de éste.

Recuerda que tú como comprador tienes el derecho de solicitar la rescisión del contrato por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones del vendedor estipuladas en éste, por lo que deberás prestar atención al momento de pactar las condiciones y cláusulas del contrato de compraventa